Reconocimiento o baja de la condición de carencia de ánimo de lucro y/o iniciativa social dun centro especial de empleo ya existente (código de procedimiento TR801B).
Para el reconocimiento de la condición de carencia de ánimo de lucro y/o iniciativa social en un centro especial de empleo ya existente se deberá aportar la siguiente documentación:
-
Solicitud de reconocimiento o baja de la condición de carencia de ánimo de lucro y/o iniciativa social dun centro especial de empleo ya existente
-
Certificación literal de los estatutos vigentes de la persona jurídica solicitante expedida por el registro donde figure inscrita la entidad, así como de las entidades que participen indirectamente, de ser el caso. Los estatutos deberán reflejar como finalidad principal la integración de personas con discapacidad en CEE.
-
Memoria explicativa del destino previsto para los posibles beneficios generados por la actividad del centro.
-
Certificación relativa a los centros de trabajo para los que se solicita la cualificación, especificando su localización, actividad y relación nominal del plantel del centro, indicando si se trata de personas trabajadoras con discapacidad.
-
Resoluciones motivadas del correspondiente equipo de valoracion y orientación (EVO) que determine la capacidad de la persona trabajadora para desarrollar las funciones del puesto que ocupa.
-
Informe de trabajadores en alta (ITA) en el código cuenta de cotización correspondiente.
-
En su caso, certificación de fecha actual expedida por el registro competente acreditativo de la inscripción vigente y copia de los estatutos vigentes depositados en ese registro, de la entidad promotora, que deberá ser titular de la mayor parte del capital social de la sociedad mercantil titular del centro. ( Caso de asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, los estatutos vigentes de la entidad promotora deben contemplar la irrepartibilidade del su patrimonio, excepto a favor de entidades del mismo carácter).
-
Justificante de pago ( ejemplar para la administración ) del importe de tasa por servicios administrativos en concepto de modificación de la 1ª inscripción en registros oficiales (código 300200), salvo que el pago se realice directamente a través de la sede electrónica.
Para la baja de la condición de carencia de ánimo de lucro y/o iniciativa social en un centro especial de empleo ya existente deberá aportarse la siguiente documentación:
-
Solicitud de reconocimiento o baja de la condición de carencia de ánimo de lucro y/o iniciativa social dun centro especial de empleo ya existente
-
Justificante de pago ( ejemplar para la administración ) del importe de tasa por servicios administrativos en concepto de modificación de la 1ª inscripción en registros oficiales (código 300200), salvo que el pago se realice directamente a través de la sede electrónica.
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Dirección Xeral de Traballo Autónomo e Economía Social
Edif. Administrativo San Lázaro, s/n
15781 SANTIAGO DE COMPOSTELA
Telfs: 981 957 746 - 981 957 747
Fax: 981 957 748
Localizar en Google Maps