Enclaves laborales


La realización del enclave laboral se comunicará al Registro Administrativo de Centros Especiales de Empleo en el plazo de un mes desde la firma del contrato.

  1. Comunicación
  2. Contrato formalizado por escrito entre el Centro Especial de Empleo y la empresa colaboradora cuyo contenido mínimo sea:
    • Identificación de ambas partes, haciendo constar la denominación social, domicilio, número de identificación fiscal y código de cuenta de cotización a la Seguridad Social
    • Determinación precisa de la obra o servicio objeto del contrato y de la actividad en la que, dentro de la organización general de la empresa colaboradora, vayan a ser ocupados los trabajadores destinados al enclave.
    • Datos identificativos del centro de trabajo donde se va a realizar la obra o prestar el servicio
    • Duración prevista para el enclave
    • Número de trabajadores con discapacidad que se ocuparán en el enclave
    • Precio convenido
  3. Justificante de pago de la tasa por servicios administrativos: