Las agencias de colocación

Las agencias de colocación son entidades, ya sean de carácter público o privado, que realizan actividades cuya finalidad es la de insertar laboralmente a personas desempleadas, para lo que valoran su perfil, sus aptitudes y sus conocimientos, pudiendo además completar estas actuaciones realizando acciones de información, orientación, búsqueda de empleo o selección de personal.

Si quieres ampliar la información sobre los requisitos de las agencias de colocación, su regulación o su funcionamiento, en el siguiente enlace tienes la versión consolidada del Real decreto 1796/2010, del 30 de diciembre, por el que se regulan las agencias de colocación:

Real Decreto 1796/2010

Dada la consideración de la intermediación laboral como servicio de carácter público, las personas físicas o jurídicas que deseen actuar como agencias de colocación deberán obtener autorización del Servicio Público de Empleo correspondiente, mediante la presentación de una declaración responsable.

Los criterios de presentación de dicha declaración fueron aprobados a nivel estatal en el siguiente documento:

Criterios de presentación Agencias privadas de colocación

La autorización será única y tendrá validez para gestionar ofertas de trabajo y solicitudes de empleo de todo el territorio español.

El procedimiento para remitir dicha declaración responsable en la Comunidad Autónoma de Galicia es el siguiente:

1. Realizar la solicitud de modo telemático a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, mediante el procedimiento PR004A. En el formulario de solicitud, la entidad solicitante, deberá:

a. Especificar un medio de notificación electrónica a través del Sistema de notificación electrónica de Galicia - Notifica.gal

b. En el campo "Destinatario" elegir: Consellería de Emprego, Comercio e Emigración, Dirección Xeral de Formación para o Emprego e Orientación

2. Adjuntar, junto a la solicitud, el siguiente modelo de declaración responsable debidamente cubierto y firmado electrónicamente por la persona responsable de la entidad.

Modelo de declaración responsable:

Declaración responsable Agencias de colocación

Además, si ya eres una agencia de colocación, accede desde el siguiente enlace al Espacio Integrado de Información del Sistema Nacional de Empleo, desde el que podrás acceder al Espacio Telemático Común, a la relación actualizada de agencias de colocación, entre otros contenidos de interés.

Espacio integrado de Información

Los centros especiales de empleo

Los centros especiales de empleo son aquellos centros de trabajo reconocidos como tal, tanto públicos como privados, que tienen el objetivo de favorecer la integración de las personas con dispacacidad, facilitándoles un empleo remunerado y un apoyo personal y social específico para potenciar su inclusión laboral.

Tienen, por lo tanto, capacidad jurídica propia y un objeto social para ser considerados empresas, pudiendo carecer o no de ánimo de lucro.

Para estos tipos de centros, con carácter anual, la Consellería de Emprego, Comercio e Emigración convoca diferentes ayudas para crear, impulsar y ampliar su actividad, incluyéndose también apoyo para la realización de asistencias técnicas y para el mantenimiento de los puestos de trabajo, entre otros.

Toda la información la tienes en el siguiente enlace:

Centros especiales de empleo

Los miembros y socios de EURES

EURES se puso en marcha en 1994 como una red, coordinada por la Comisión Europea, entre los servicios públicos de empleo de los países de la UE y del EEE. En ella participan también otras entidades, como sindicatos y organizaciones empresariales, formando parte especialmente en regiones específicas con altos niveles de desplazamientos transfronterizos.

Para dar más solidez y eficiencia a EURES como instrumento para facilitar la libre circulación y mejorar el funcionamiento del mercado de trabajo europeo, el servicio ha experimentado una reforma recogida en el Reglamento (UE) n.º 2016/589.

Uno de los principales objetivos de este Reglamento es ampliar la red para que haya más organizaciones participantes, ofreciendo más información, orientación y servicios de contratación a un público aún más amplio de personas demandantes de empleo y empleadoras en toda Europa.

En esa línea, todos los Estados miembros de la UE y del EEE deben establecer sistemas para la adhesión de organizaciones para convertirse en miembros y socios de EURES. Así, cualquier entidad que preste servicios de empleo puede adherirse a la red, si cumple los criterios comunes establecidos en el mencionado reglamento y los propios del sistema nacional de admisión pertinente.

En España, es el Real Decreto 207/2019, de 29 de marzo, por el que se regula el sistema nacional de admisión de miembros y socios de la Red EURES en España el que define el sistema y procedimiento nacional para la admisión de organizaciones como miembros y socios de EURES.

Fórmulas de adhesión

Hay dos fórmulas posibles para la adhesión de una entidad: como miembro o como socio.

1. Para convertirse en miembro de EURES, una organización debe prestar los siguientes tres servicios:

  • Contribuir a la puesta en común de ofertas de empleo mediante la transmisión de datos al portal EURES;
  • Contribuir a la puesta en común de ofertas de empleo y de CV mediante la transmisión de datos al portal EURES;
  • Apoyar directamente a las personas demandantes de empleo y empleadoras (información, orientación, apoyo posterior a la contratación).

2. En cambio, un socio de EURES deberá prestar al menos uno de los tres servicios antes mencionados y justificar que no puede prestar todos los servicios de un miembro por su tamaño, recursos limitados o el carácter de los demás servicios que presta normalmente.

Todos los miembros y socios de EURES deberán cumplir determinados criterios mínimos enumerados en el Reglamento EURES en términos de prestación de servicios (p. ej., conformidad con las normas laborales y la legislación y capacidad para ofrecer servicios de forma gratuita a las personas trabajadoras) y participación en la red EURES (p. ej., la entrega de datos según las normas y formatos, programación y presentación de informes, la asignación y la formación del personal).

Solicitud de alta como socio o miembro EURES

Las organizaciones que deseen convertirse en miembros o socios de EURES en España en las condiciones establecidas en el Real Decreto 207/2019, deberán obtener la autorización del Servicio Público de Empleo de la comunidad autónoma donde tengan establecida su sede social.

La autorización para ser miembro o socio de EURES en España es única y tiene validez en todo el territorio español para trabajar en las actividades de la Red EURES.

En el caso concreto de Galicia, la tramitación de la solicitud es la siguiente:

1. Cubrir la solicitud de modo telemático a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, mediante el procedimiento PR004A. En el formulario de solicitud, la entidad solicitante, deberá:

a. Especificar un medio de notificación electrónica a través del Sistema de notificación electrónica de Galicia - Notifica.gal

b. En el campo "Destinatario" elegir: Consellería de Emprego, Comercio e Emigración, Dirección Xeral de Formación e Colocación

2. Adjuntar, junto a la solicitud:

a. El siguiente formulario debidamente cubierto y firmado electrónicamente por la persona responsable de la entidad.

Solicitud adhesión EURES

b. Memoria del proyecto técnico y de gestión, que contendrá, al menos, los siguientes apartados:

1. Tareas a desarrollar, bien como miembro o como socio de la Red EURES en España, de acuerdo con lo establecido en los artículos 2 y 8 del mencionado Real Decreto. En el supuesto de prestación de los servicios de apoyo previstos en el artículo 2.3.c) del referido Real Decreto, relación y descripción de los servicios a prestar a personas trabajadoras y empresas, sus modalidades, condiciones de acceso a los mismos y el coste, en su caso, para las empresas. Así como modalidades, actividades y los costes de la asistencia posterior a la contratación a las personas trabajadoras o las empresas.

2. Ubicación y descripción del centro o centros, o puntos de contacto desde donde vaya a desarrollarse su actuación, especificando si es presencial o telemática.

3. Dotación de personal suficiente en número y capacidades técnico-lingüísticas para las correspondientes tareas que deban llevarse a cabo y compromiso de garantizar las normas de calidad y formación para esos recursos humanos.

4. Descripción de los sistemas informáticos compatibles con los de los Servicios Públicos de Empleo que serán adecuados a los determinados en el artículo 9.

c. Declaración responsable en la que conste que la entidad solicitante cumple los requisitos establecidos en el artículo 13 del Real Decreto indicado.

Por último, en el caso de que desees saber si tu empresa u organización puede ser socia o miembro de EURES, a continuación tienes un formulario para que te sirva de orientación.

Cuestionario miembro o socio EURES España

Seguridad y salud laboral

La seguridad y la salud del personal es una de  las obligaciones fundamentales para tu empresa en materia de contratación laboral.

Para facilitar la puesta al día en esta materia y para conocer en más detalle sus exigencias, el Instituto Galego de Seguridade e Saúde Laboral dispone en su web de abundante y completa formación e información actualizada esta materia.

Te invitamos a que la consultes en el siguiente enlace al portal web del Instituto Galego de Seguridade e Saúde Laboral:

Portal del ISSGA

Responsabilidad social empresarial

Además, desde la Consellería de Emprego, Comercio e Emigración ayudamos a las empresas interesadas en llevar a la práctica los conceptos de Responsabilidad Social Empresarial, apoyando la realización de diagnósticos y la definición de estrategias y medidas para su implantación práctica.

Actualmente contamos con el programa gratuito Responsabilízate, que busca ayudar a las empresas en la implantación de la responsabilidad social en su organización, incluyendo apoyo en el diagnóstico del potencial para implantar un modelo de RSE, en la elaboración de un plan de acción, aportando el acompañamiento de personal experto y apoyando en la implantación de las primeras medidas.

 Acceso al portal del programa Responsabilizate

 

Si  tu empresa tiene interés en introducirse en este ámbito o quiere ampliar, compartir o conocer otras actuaciones, accede a la web sobre la Responsabilidad Social Empresarial que ponemos a tu disposición:

Canal de RSE

Comunicación de la contratación

A las oficinas de empleo de la Xunta de Galicia les corresponde la labor de registro de la comunicación de los contratos realizados por las empresas en nuestra comunidad autónoma. La normativa referida a contratación laboral forma parte de la legislación básica, por lo que corresponde al Ministerio de Empleo y Seguridad Social su regulación.

No obstante, las empresas pueden realizar esta comunicación a través de Internet empleando la aplicación Contrat@:

Acceso a Contrat@

Si tu empresa aún no dispone de las credenciales de acceso a esta plataforma, consulta este enlace de la página web del SEPE como conseguirlas:

Portal web del SEPE

En cualquier caso, si tienes alguna duda en relación a las distintas modalidades de contratos existentes, su finalidad y aplicación, toda la información actualizada sobre tipos y características de contratos puedes encontrarla en este enlace de su web:

Modelos de contratos

 

"Más allá de los servicios vinculados a la intermediación laboral, Emprego Galicia pone un abanico muy amplio de contenidos al servicio de las empresas"