Programa Retorna Cualifica 2025

El Programa Retorna Cualifica Emprego centra su desarrollo en la apuesta decidida de la Xunta de Galicia por dar a las personas que tuvieron que emigrar, así como a su descendencia, la oportunidad de regresar a Galicia y poder desarrollar un proyecto de vida en esta comunidad.

Para ello, es necesario facilitar que las personas interesadas en retornar a Galicia dispongan tanto de información como de formación que les permita conseguir la posibilidad de contar con una oferta de trabajo y llegar a Galicia con la garantía de su inserción laboral.

Siendo así, la Xunta de Galicia publicó la Orden de 29 de noviembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la realización del Programa Retorna Cualifica Emprego y se procede a su convocatoria para la anualidad 2025, posibilitando así contar con el apoyo de entidades gestoras del programa, que serán las entidades que llevarán a cabo su desarrollo en su integridad.

Para ser entidades gestoras, deberán ser entidades jurídicas privadas que cumplan los requisitos previstos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y que, además, reúnan las siguientes condiciones:

a) Que carezca de fin de lucro. Se considerará que también carecen de fin de lucro aquellas entidades que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales no comerciales.

b) Que tenga plena capacidad de obrar y acrediten la siguiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional, según se establece en la Orden.

Dicha publicación de la Orden se puede consultar en el siguiente enlace:

Publicación DOG

Acciones a desarrollar

Las entidades gestoras elegidas desarrollarán las acciones previstas en los tres ejes y en los términos que se establecen en la Orden, que son los siguientes:

1. Eje Divulgación y Comunicación

Este eje tiene como finalidad dar a conocer el programa y las medidas que lo integran, y comprende las siguientes acciones:

a) Diseño, planificación y gestión de campañas de comunicación del programa (jornadas, foros...) tanto en Galicia como en los países en origen siendo área geográfica de referencia y prioritaria los países de Argentina, Uruguay, Venezuela, Cuba, Brasil, Reino Unido, Francia, Alemania y Suiza, sin perjuicio de que pueda atenderse la demanda de cualquier persona que, reuniendo los requisitos, pueda residir en otro país. En todo caso, las acciones de comunicación deberán tener la previa conformidad de la consellería y deberá tener lugar una en el primer trimestre de 2025 y otra dentro del segundo trimestre de 2025.

b) Divulgación y difusión del programa a través de diferentes canales y soportes de comunicación para darlo a conocer y para buscar la implicación del tejido empresarial; en todo caso, cualquier acción divulgativa deberá contar previamente con la conformidad de la consellería y ajustarse a las normas de imagen corporativa de la Xunta de Galicia.

c) Promover las relaciones con las entidades y organismos representativos de la ciudadanía gallega en el exterior para contribuir al conocimiento del programa entre la población destinataria que pueda estar interesada en participar.

d) Contactar con las empresas con centros de trabajo en Galicia para detectar cuales son los perfiles demandados para los puestos de trabajo que pueden ofrecer al no estar siendo cubiertos por la población residente actualmente en Galicia y que, por lo tanto, están en condiciones de ofrecer un contrato de trabajo a aquellas personas participantes en el programa que, reuniendo los requisitos, están interesadas en trasladarse a Galicia para ocupar ese puesto de trabajo.

e) Formalización de los compromisos con las empresas interesadas de ofertas de contratos de trabajo para ser cubiertas por las personas participantes en el programa que reúnan los requisitos y se ajusten a los perfiles demandados por las empresas y reservándose las empresas la competencia para realizar los procesos de selección habitual.

f) Preseleccionar en sus países de origen a las personas interesadas en participar en el programa con base en los requisitos establecidos en la Orden.

2. Eje Formación - Cualificación

Este eje tiene como finalidad dotar de los recursos de formación y cualificación necesarios que puedan ser de interés para complementar la cualificación profesional que pueda demandar el puesto de trabajo, de este modo comprendería las siguientes acciones:

a) Diagnosis de empleabilidad: partiendo de la experiencia y formación que posea la persona preseleccionada, se elaborará un plan personalizado de cualificación y empleabilidad en el que se recojan aquellas competencias y capacidades que pueda ser necesario completar hacia la obtención del puesto de trabajo, por lo tanto, en ese plan personalizado, en lo que alcanza al ámbito de formación podrá comprender diferentes tipologías desde formación como se detallan en la siguiente letra.

b) Formación/Cualificación:

b.1) Formación en competencias clave nivel 2 y nivel 3: tiene como objetivo que aquellas personas que deseen contar con una vía para poder realizar en Galicia acciones formativas conducentes a certificados profesionales para así no tener que esperar a tener homologados sus estudios puedan realizar esta formación en su país de origen a través de los recursos formativos disponibles en el campus virtual de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, con la posibilidad de realizar las pruebas de superación que les permitan obtener la certificación de tener superadas las competencias clave de nivel 2 o de nivel 3.

La actuación en lo que se refiere a esta formación por parte de la entidad beneficiaria consistirá en difundir entre la población interesada la posibilidad de acceder de manera libre y gratuita a los contenidos formativos que están disponibles en el campus virtual de la Consellería y que cuenta, además, con un servicio de tutorización.

b.2) Acciones formativas relacionadas con el sector productivo y puesto de trabajo ofertado por la empresa, ya que tendrá como objetivo reforzar la capacitación profesional de la persona permitiéndole adquirir, actualizar, reciclar y completar el perfil de competencias profesionales adaptados a ese puesto de trabajo que se le oferte.

b.3) Competencias digitales: desarrollo de las destrezas necesarias para emplear las TIC como herramienta en el ámbito laboral (creación de correo electrónico, uso de navegadores de internet…).

b.4) Habilidades blandas (trabajo colaborativo y en equipo, comunicación, negociación, gestión del estrés, creatividad, capacidad de adaptación, flexibilidad, actitudes...).

En lo que se afecta a la formación de los apartados b.2+b.3+b.4, el número máximo de horas impartidas de dichos apartados por participante no podrá superar en total las 100, con la distribución de esas horas entre bloques que se considere apropiado en función del perfil de la persona participante.

Las acciones de formación y cualificación que contenga el plan individualizado podrán ser realizadas por la persona con carácter previo a su traslado a Galicia para ocupar el puesto de trabajo ofertado, o una vez esté ya incorporado a dicho puesto de trabajo.

3. Eje Contratación

Este eje tiene como finalidad procurar la inserción laboral de las personas participantes y supone la realización de los trámites necesarios para la formalización del contrato de trabajo ofertado por una empresa de las que hayan suscrito con la entidad beneficiaria un compromiso de contratación de las personas participantes en el Programa Retorna Cualifica Emprego.

Por cada inserción laboral que se ajuste a los requisitos establecidos en esta Orden, la entidad beneficiaria percibirá 1.980 euros.

Este eje comprenderá las siguientes actuaciones:

a) La entidad beneficiaria deberá contar con el compromiso de contratación por parte de empresas que dispongan de ofertas de empleo en Galicia susceptibles de ser ocupados por personas participantes en el programa Retorna Cualifica Emprego, y reservándose las empresas la realización de sus procesos habituales de selección. En el documento que formalice el compromiso deberá reflejarse información sobre perfiles de las personas a contratar, descripción de los puestos a cubrir, número de personas a contratar, jornada y localización del centro de trabajo.

En todo caso, la modalidad de contratación será contrato indefinido a tiempo completo o parcial y en este caso deberá ser, como mínimo, equivalente a la media jornada de un/una trabajador/a a tiempo completo.

Con la presentación de la solicitud de subvención las entidades deberán presentar la totalidad del número de compromisos de contratación a los que se hace referencia en el apartado 3.a) anterior, teniendo en cuenta que el requisito mínimo para poder presentarse a la presente convocatoria es de, por lo menos, 40 compromisos de contratación.

b) Realización y/o acompañamiento, en su caso, a las personas seleccionadas para formalizar el contrato de trabajo para tramitar todas las gestiones necesarias para trasladarse a Galicia (expedición de documentos de viaje necesarios, incluidos los billetes de traslado). En este sentido, la entidad beneficiaria deberá informar por escrito a las personas de las condiciones (derechos y obligaciones) que implica la participación en el programa y, especialmente, de las condiciones de la contratación que se le ofrece, con carácter previo en todo caso a su aceptación y traslado a Galicia.

c) Coordinación y seguimiento con la empresa que oferta el puesto de trabajo al respecto de los trámites que esta debe realizar para llevar a cabo la contratación y que puede implicar que la empresa tenga que solicitar directamente en el área funcional de trabajo e inmigración (oficinas de extranjería), las correspondientes autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada, cuando sea el caso.

d) Comprobación final previa al traslado de la persona de que dispone de toda la documentación y permisos necesarios y en regla para poder trasladarse a Galicia y desarrollar el puesto de trabajo conforme a la normativa vigente que sea de aplicación.

e) Abono a las personas que formalicen un contrato de trabajo de una ayuda económica de 1.400 euros para cubrir los primeros gastos de instalación en Galicia (alimentación, productos higiene, transportes diarios...). Este importe podrá ser abonado en dos pagos, según lo considere la entidad beneficiaria a la vista de las circunstancias de la persona, de manera que podrá abonarse un primer pago de 600 euros con la formalización del precontrato y un segundo pago de 800 euros con la formalización del contrato de trabajo.

f) Abono a las personas que formalicen un contrato de trabajo y precisen de manera inmediata formalizar un contrato de alquiler de vivienda, de un complemento económico de hasta 1.800 euros a los efectos de atender las obligaciones derivadas de la constitución de fianza y del alta en suministros (luz, agua, etc.); asimismo, la entidad beneficiaria prestará información y asesoramiento para que puedan conseguir un alojamiento en régimen de alquiler o por otras vías.

g) Abono a las personas que formalicen un contrato de trabajo de una ayuda para facilitar el acceso a una vivienda en alquiler. El importe de esta ayuda será de 600 euros durante 3 meses como máximo y proporcional al tiempo que permanezca en el programa. En casos excepcionales debidamente justificados y con autorización previa de la consellería, dicho importe podrá destinarse a sufragar los gastos de alojamiento en otro tipo de residencia por un tiempo máximo de 3 meses. En todo caso, las entidades beneficiarias deberán facilitar información a la consellería sobre el acceso a la vivienda de las personas retornadas y, a estos efectos, deberán requerirles a estas personas la documentación justificativa pertinente.

h) Seguimiento y acompañamiento de las personas contratadas desde el inicio de su relación laboral hasta la finalización del programa y que podrá realizarse por distintos medios (teléfono, correo electrónico, videoconferencia, etc.) pero de la que deberá quedar constancia mediante documentación acreditativa que permita comprobar que se realizó ese seguimiento y acompañamiento.

Presentación de solicitudes

Las entidades que así lo deseen podrán presentar su solicitud obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I), disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, a la que se puede acceder en el siguiente enlace.

Acceso Sede Electrónica TR380A

Esta obligación de presentación electrónica se mantiene durante toda la tramitación del expediente.

Las entidades beneficiarias realizarán las siguientes declaraciones responsables, empleando para ello el formulario del anexo I:

a) Relación de otras ayudas concedidas o solicitadas para el mismo proyecto o conceptos objeto de solicitud.

b) La veracidad de todos los datos contenidos en la solicitud y en los documentos que se aportan.

c) No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

d) No estar incursa en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en los puntos 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

e) Estar al corriente en las obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme al artículo 10.2.g) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el artículo 9 del Reglamento de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y de reembolso de préstamos o anticipos concedidos con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma.

f) Que la entidad solicitante conoce que las personas o empresas proveedoras no podrán estar asociadas ni vinculadas con la entidad solicitante o con sus órganos directivos o gestores, y que no concurren en ellos ninguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 27.7 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, ni en el artículo 43 del Reglamento que desarrolla dicha ley, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, teniendo en cuenta, además, lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 651/2014 sobre empresas vinculadas.

g) Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir los objetivos de la actuación para la que se solicita la ayuda.

h) Mantener un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones relacionadas con los gastos subvencionados, sin perjuicio de las normas generales de contabilidad, que permita seguir una pista de auditoría suficiente sobre los gastos financiados.

i) Asumir la aplicación de medidas antifraude eficaces y proporcionadas en su ámbito de gestión, así como la obligación de comunicar al órgano gestor los casos de sospecha de fraude.

j) Cumplir la normativa comunitaria, estatal y autonómica de aplicación, en particular, la normativa en materia de subvenciones y contratación pública, cuando proceda.

k) Estar al corriente en sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social.

l) Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 6 de la presente orden, sin perjuicio de su verificación o acreditación posterior

Documentación complementaria

Las entidades interesadas deberán aportar junto con la solicitud de la ayuda (anexo I) la siguiente documentación:

a) Escritura de constitución e/ou modificación.

b) Poderes acreditativos da representación da persoa que asina a solicitude de participación.

c) Proposta técnica.

d) Descrición dos recursos humanos destinados ao programa indicando as titulacións académicas e as funcións que se van desenvolver.

e) Declaración dos recursos materiais e instalacións de que dispoña a entidade para a realización do programa.

f) Compromisos de contratación por parte de empresas que dispoñan de ofertas de emprego en Galicia susceptibles de seren ocupadas por persoas participantes no Programa Retorna Cualifica Emprego, tendo en conta o disposto no artigo 6.1.b.2.i) da presente orde no que atinxe ao número mínimo de compromisos exixibles para poder participar na presente convocatoria.

g) Calquera outra documentación que a entidade solicitante considere de interese en relación co obxecto da subvención.

Documentación para la gestión del Programa

En esta sección se irán publicando, a medida que vayan siendo necesarios, aquellos modelos de documentación que habrán de ir cumplimentando las entidades gestoras beneficiarias del programa.

Para finalizar, ahondando en la información para este tipo de entidades, a través del siguiente botón se puede acceder a la infografía informativa realizada:

Infografía informativa