Cualificación de una sociedad de nueva constitución


OBJETO: solicitar la cualificación como sociedad laboral en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales. Para esto debe aportarse:

La documentación que se relaciona deberá ser presentada en una oficina de Registro presencial, para los efectos de la autenticación de la copia autorizada de la escritura que se aporte por persnoal de la administración, y posterior devolución a la interesada junto con su justificante de presentación.

  1. Solicitud.
  2. Copia autorizada de la escritura pública de constitución.
  3. Justificante de pago de la tasa por servizos administrativos.

Cualificación de una sociedad preexistente como laboral


OBJETO: Solicitar la cualificación como sociedad laboral en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales. Para esto debe aportarse:

La documentación que se relaciona deberá ser presentada en una oficina de Registro presencial, para los efectos de la autenticación de la copia autorizada de la escritura que se aporte por persnoal de la administración, y posterior devolución a la interesada junto con su justificante de presentación.

  1. Solicitud.
  2. Copia autorizada de la escritura pública de constitución.
  3. Copia autorizada de las escrituras públicas de modificación de estatutos, de ser el caso.
  4. Certificación literal del Registro Mercantil de los asientos vigentes de la entidad.
  5. Certificaciones del acuerdo de la junta general, favorable a la cualificación de sociedad laboral, y de la titularidad del capital social resultante del libro registro de acciones nominativas o de socios correspondientes.
  6. Copia autorizada de la escritura, por la que se eleve a público el acuerdo de la junta general y las modificaciones de los estatutos que fuesen precisas para adaptarse a la Ley de Sociedades Laborales y participadas.
  7. Documentos acreditativos de cotizaciones a la seguridad social de las personas trabajadoras y asalariadas.
  8. Justificante de pago de la tasa por servizos administrativos.

Descualificación de una sociedad laboral


OBJETO: solicitar la descualificación de la sociedad como laboral en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales. Para esto debe aportarse:

La documentación que se relaciona deberá ser presentada en una oficina de Registro presencial, para los efectos de la autenticación de la copia autorizada de la escritura que se aporte por persnoal de la administración, y posterior devolución a la interesada junto con su justificante de presentación.

  1. Solicitud.
  2. Copia autorizada de la escritura pública de transformación o disolución de la sociedad.
  3. Justificante de pago de la tasa por servizos administrativos.

Comunicación de la transmisión de acciones o participaciones sociales


OBJETO: comunicar la transmisión de acciones o participaciones sociales al Registro Administrativo de Sociedades Laborales.

Para esto debe aportarse:

  1. Comunicación, qué podrá presentarse directamente a través de la Sede electrónica de la Xunta de Galicia, utilizando la denominada Solicitud genérica ( Clave procedimiento PR004A ), y dirigida a la Consellería de Emprego e Igualdade, Dirección Xeral de Emprego, Traballo Autónomo e Economía Social.
  2. Certificación de los asientos practicados en el libro-registro de acciones nominativas o en el libro de socios.

 

Plazo para comunicación:

  • con carácter general, dentro de los tres primeros meses del ejercicio económico  deberán comunicarse las transmisiones realizadas en el ejercicio inmediatamente anterior
  • si se incumplen los límites de posesión previstos legalmente (art. 1.2. a) e b) de la Ley 44/2015, del 14 de octubre de sociedades laborales y participadas), debe comunicarse en el plazo de un mes desde que se practicara el asiento que lo ponga de manifesto.
  • si se restablecen los límites legales de posesión debe comunicarse  en el plazo de un mes desde que se practique el asiento por el que se restablezan.