PROGRAMA RETORNA CUALIFICA 2025 - ENTIDADES GESTORAS
El Programa Retorna Cualifica Emprego centra su desarrollo en la apuesta decidida de la Xunta de Galicia por dar a las personas que tuvieron que emigrar, así como a su descendencia, la oportunidad de regresar a Galicia y poder desarrollar un proyecto de vida en esta comunidad.
Para ello, es necesario facilitar que las personas interesadas en retornar a Galicia dispongan tanto de información como de formación que les permita conseguir la posibilidad de contar con una oferta de trabajo y llegar a Galicia con la garantía de su inserción laboral.
Siendo así, la Xunta de Galicia publicó la Orden de 29 de noviembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la realización del Programa Retorna Cualifica Emprego y se procede a su convocatoria para la anualidad 2025, posibilitando así contar con el apoyo de entidades gestoras del programa, que serán las entidades que llevarán a cabo su desarrollo en su integridad.
Para ser entidades gestoras, deberán ser entidades jurídicas privadas que cumplan los requisitos previstos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y que, además, reúnan las siguientes condiciones:
a) Que carezca de fin de lucro. Se considerará que también carecen de fin de lucro aquellas entidades que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales no comerciales.
b) Que tenga plena capacidad de obrar y acrediten la siguiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional, según se establece en la Orden.
Dicha publicación de la Orden se puede consultar en el siguiente enlace:
Para finalizar, ahondando en la información para este tipo de entidades, a través del siguiente botón se puede acceder a la infografía informativa realizada:
PROGRAMA RETORNA CUALIFICA 2025 - EMPRESAS
La Xunta de Galicia continúa apoyando a las empresas con centros de trabajo en Galicia para ayudarles en la búsqueda del talento que precisan para hacer frente a sus retos futuros, al tiempo que se les da una nueva oportunidad de regresar a Galicia y poder desarrollar un proyecto de vida en esta comunidad. Para eso es preciso facilitar que las personas interesadas en retornar a Galicia dispongan tanto de información como de formación que les permita contar con una oferta de trabajo y llegar a Galicia con la garantía de su inserción laboral. Estos son precisamente los objetivos del Programa Retorna Cualifica Emprego.
Por eso, la Xunta de Galicia a través de la Consellería de Emprego, Comercio e Emigración pone en marcha el Programa Retorna Cualifica Emprego con la publicación de la Orden del 29 de noviembre de 2024 (DOG núm. 236 del 09/12/24) por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la realización del Programa Retorna Cualifica Emprego y se procede a su convocatoria para la anualidad 2025.
A través de las entidades beneficiarias de las subvenciones se deberá llevar a cabo el desarrollo del Programa en su integridad, es decir, desarrollarán las acciones para permitir el regreso de 200 gallegas y gallegos menores de 55 años residentes en el exterior y que irá acompañado de un plan personalizado de cualificación y empleabilidad así como de recursos de formación y la formalización del correspondiente contrato de trabajo, incluyendo yxudas económicas para atender a sus primeras necesidades en Galicia y para facilitar su acceso a una vivienda en alquiler.
A continuación tienes información adicional en la infografía explicativa que se ha diseñado para el Programa:
Para más información puedes acceder al portal del Programa a través del siguiente enlace:
Programa de colaboración para la difusión de las ofertas de empleo
La Consellería de Emprego, Comercio e Emigración, dentro de su propuesta de aportación de valor a las empresas y entidades que están buscando personas candidatas para los procesos de selección que tienen abertos en cada momento, pone en marcha un canal de colaboración a través de un sistema para dar la máxima difusión de las ofertas de empleo promovidas por aquéllas.
Este canal, materializado a través de la firma de un protocolo de adhesión al sistema de difusión de ofertas de empleo del Servicio Público de Empleo de Galicia, aporta a las entidades y empresas empleadoras la posibilidad de aunar esfuerzos y aumentar los canales de información para encontrar candidaturas que cumplan con los requerimientos de las entidades ofertantes, utilizando tanto la red de oficinas de empleo de toda la comunidad autónoma, como los canales propios del portal de empleo de la Consellería, del portal Empléate del Sistema Nacional de Empleo y del portal EURES de la Unión Europea.
Se trata con ello de que todas las ofertas de empleo que se promuevan en Galicia cuenten con la máxima difusión y capacidad de visibilidad para que ninguna quede vacía y sin candidaturas, facilitando el desarrollo de las personas trabajadoras y aumentando el número de personas ocupadas en su ámbito.
Al mismo tiempo, la Consellería pondrá también al servicio de su difusión las Intranets de la red de oficinas de empleo y del Servicio de Orientación Laboral, así como la rede social LinkedIN, comprometiéndose en todo caso a poner a su disposición todos sus recursos personales, materiales y tecnológicos para obtener candidaturas ajustadas a los puestos de trabajo ofertados.
Por otro lado, la entidad debe comprometerse a promover la aportación de ofertas de empleo al Servicio Público de Empleo de Galicia y a dar la correspondiente información sobre el estado de las mismas para que los contenidos y puestos difundidos estén siempre actualizados.
Para participar en esta iniciativa, la entidad deberá cubrir el siguiente formulario y, tras su verificación, proceder a la firma del protocolo de adhesión como el modelo que se encuentra también a continuación.
Modelo del protocolo de adhesión
Programa Bono Talento Empresas
El Programa Bono Talento Empresa es una línea de ayudas de la Consellería de Emprego, Comercio e Emigración destinado a apoyar proyectos de formación no formal mediante la realización de acciones formativas de corta duración (entre 16 y 100 horas) que tengan como objetivo mejorar las capacidades de las empresas y contribuir al desarrollo profesional de las plantillas de los centros de trabajo en Galicia, donde se deberán desarrollar las actividades subvencionadas.
Personas beneficiarias
Las entidades que pueden ser beneficiarias de estas ayudas son:
- Microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES) y grandes empresas válidamente constituidas y con actividad ininterrumpida, cuando menos, desde tres años antes de la fecha de publicación de la convocatoria de esta ayuda.
- Personas trabajadoras autónomas que tengan contratadas a su cargo a personas trabajadoras por cuenta ajena, inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar por cuenta propia, con una antigüedad como cotizante igual o superior a tres años ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de esta ayuda.
Acciones formativas subvencionables
Las acciones formativas deben ser en modalidad presencial, pudiendo impartirse mediante aula virtual a través del Campus Virtual de Formación para el Empleo, y orientarse a la adquisición de competencias en los ámbitos de capacitación detectados cómo prioritarios en el marco de la Agenda Gallega de Capacidades para el Empleo:
- Competencias digitales, desde la digitalización básica, hasta la adquisición de competencias y conocimientos técnicos avanzados y la adquisición de conocimientos de tecnologías innovadoras o disruptivas, etc.
- Competencias del ámbito asistencial, en la prestación de cuidados (asistencia a personas enfermas, con problemas de movilidad y la mayores, entre otros), técnicas y conocimientos sanitarios, de diagnóstico o de medicina preventiva o de bienestar entre otros.
- Competencias en procesos industriales en la manipulación de maquinaria especializada, conocimientos y técnicas de la construcción, técnicas de soldadura, instalación de componentes, diseño ou interpretación de documentación o diagramas técnicos, etc.
- Competencias vinculadas a la gestión empresarial, gestión de personas y equipos (RR.HH. y gestión del talento, gestión de proyectos, etc.), gestión eficiente de los recursos, toma de decisiones, planificación estratégica o la realización de tareas administrativas,financieras y contables, etc.
- Competencias de prestación de servicios a clientes, tanto vinculadas a promocionar, vender y comprar productos o servicios como relativas a la atención al cliente (orientación y asesoramiento, satisfacción del cliente, asistencia postventa, gestión de reclamaciones, etc.) y a la atención telefónica.
Las acciones solicitadas no deben encontrarse incluidas en la oferta de formación recogida en el Catálogo de Especialidades Formativas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que se puede consultar a través del siguiente enlace:
El proyecto formativo estará integrado por un máximo de tres acciones formativas, presentando un anexo II por cada una de ellas, detallando entre otros: objetivos, contenidos, duración, perfil de las personas participantes y de las docentes, calendario, pruebas de conocimientos y criterios de valoración.
Plazo de solicitud de la ayuda
El plazo para solicitar la ayuda es del 26 de junio al 16 de septiembre de 2024.
Plazo de ejecución de las acciones formativas
El plazo para ejecutar las acciones formativas será el siguiente:
- Acciones a desarrollar solo en el 2024: Se deberán realizar entre el día siguiente de la publicación de esta ayuda y el 15 de noviembre de 2024.
- Acciones a desarrollar en el 2024 y 2025 o sólo en el 2025: Se podrán realizar desde el 16 de noviembre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025.
Cuantía de la subvención
Atendiendo a la tipología de la actividad subvencionable la cuantía de la subvención se determinará y se cuantificará a través de módulos, resultado de la suma de:
- 16,70 €/hora de formación por el nº de personas asalariadas de la entidad beneficiaria que realicen la acción formativa.
- 17,93 €/hora de formación para cubrir el salario abonado a las personas asalariadas por el número de personas asalariadas de la entidad solicitante que participen en la acción.
El gasto máximo subvencionable será la suma de los gastos máximos subvencionables de las acciones formativas que lo comprenden.
La intensidad máxima de la ayuda estará limitada al 70% de los costes subvencionables para las micro y pequeñas empresas, al 60% para las medianas empresas y el 50% para las grandes empresas.
La cuantía máxima de subvención es de 25.000€ por persona solicitante.
Para más información, en el siguiente enlace se puede acceder a la página web de los Bonos Talento Empresa dentro del Portal de la Consellería de Emprego, Comercio e Emigración:
Página web Bonos Talento Empresa
Por último, para completar la información anterior, se acompaña una infografía resumen para facilitar su comprensión.